Patente
Número de patente
Una patente es un conjunto de derechos exclusivos garantizados por un gobierno o autoridad al inventor de un nuevo producto (material o inmaterial) susceptible de ser explotado industrialmente para el bien del solicitante de dicha invención (como representante por ejemplo) durante un espacio limitado de tiempo (generalmente veinte años desde la fecha de solicitud).
El término deriva del latín patens, -entis, que originalmente tenía el significado de "estar abierto, o descubierto" (a inspección pública) y de la expresión letras patentes, que eran decretos reales que garantizaban derechos exclusivos a determinados individuos en los negocios. Siguiendo la definición original de la palabra, una de las finalidades de la legislación sobre las patentes es la de inducir al inventor a revelar sus conocimientos para el avance de la sociedad a cambio de la exclusividad durante un periodo limitado de tiempo. Luego una patente garantiza un monopolio de explotación de la idea o de una maquinaria durante un cierto tiempo.
Las patentes son un privilegio legal que conceden los gobiernos a los inventores, con la finalidad de prohibir a cualquier otra persona fabricar, utilizar o vender el producto, procedimiento o método patentado a cambio de divulgar un modo de realización del producto, procedimiento o método.
El principio en el cual se basa el sistema de las patentes es que al proteger de copia el invento, el gobierno fomenta la invención. La creación está protegida durante un plazo de tiempo determinado, permitiendo al inventor ser el único que venda o explote el invento. De esta forma, su beneficio es mayor, y rentabiliza los recursos invertidos en la investigación. Las patentes son una de las opciones para evitar que cualquier persona copie un producto o una maquinaria. Al mismo tiempo, las patentes deberian servir a los efectos de una difusión efectiva y rápida de las nuevas ideas en tecnología, mejorando el acceso a la tecnología.
Muy al contrario de lo que en el imaginario popular se relaciona con la palabra "patente" la información contenida en las patentes es de naturaleza pública, en principio cualquiera puede acceder a esa información, pero solo el titular la puede usar con fines comerciales.
Las patentes en Europa
Las patentes en la Unión Europea están basados en dos sistemas: la patente nacional y la europea. Ninguna de las dos tiene una legislación comunitaria detrás. Las patentes nacionales fueron las primeras que aparecieron. Estas patentes han sido armonizadas de facto en todos los países de la Unión: todos los miembros de la UE han firmado el Convenio de la Unión de París para la protección de la propiedad intelectual (20 de Marzo de 1883) y el acuerdo TRIPS (Trade-Related aspects of Intellectual Property rightS), o, por sus siglas en español, ADPIC, Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio) el 15 de abril de 1994.
La patente europea se basa en el Convenio sobre la Patente Europea (CPE o Convenio de Munich) de 1973. El CPE concede derechos en tantos países como lo desee el solicitante. Esto dota de una gran flexibilidad. El CPE no proporciona un tribunal a nivel europeo sino que los tribunales nacionales son los que han de resolver los problemas que surjan. Nada impide a diferentes tribunales dirimir las solicitudes que se les hagan de diferente forma. El CPE estableció la Oficina Europea de Patentes para gestionar las patentes europeas.
El 24 de Julio de 1997 la Comisión Europea presentó el Libro Verde sobre la patente comunitaria y el sistema de patentes en Europa. Como resultado del debate iniciado por este papel la comisión desarrolló una comunicación para el Consejo Europeo, el Parlamento Europeo y el Comité Económico y Social sobre este Libro Verde. En esta comunicación la Comisión propuso diferentes iniciativas y legislación sobre la patente comunitaria. El 5 de julio de 2000 la Comisión presentó una propuesta para una regulación del consejo sobre la patente comunitaria (COM(2000) 412 final). El Consejo desea que esta propuesta se apruebe lo antes posible pero no parece fácil.
Un procedimiento previo de concesión de patentes, válido tanto para las patentes nacionales como la patente europea es el denominado Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT).
La patente comunitaria
El sistema de patente comunitaria propuesta por la Comisión debe convivir con los sistemas en uso (los sistemas nacionales y el CPE). La coherencia entre estos sistemas se consigue gracias a la adhesión de la UE al Convenio de Munich. La OEP será la organización que se encargue de examinar las patentes y conceder la patente comunitaria. La OEP seguiría haciendo el mismo trabajo de siempre.
Las principales características de la patente comunitaria son unidad y autonomía. Solo se pueden conceder, trasmitir, revocar o expirar para toda la comunidad y sólo pueden estar sujetas a la legislación propuesta y al derecho general de la UE. El CPE regulará el procedimiento de concesión de la patente y los requisitos de patentabilidad de esta patente comunitaria. Esta patente es, en definitiva, una patente europea en el sentido del Convenio de Munich en la que el área de aplicación es la comunidad al completo.
A día de hoy, el coste medio de una patente europea (para ocho países) es, aproximadamente, EUR 30.000. El coste de las traducción se lleva sobre el 39% del total. La propuesta de la comisión trata de reducir el coste de la patente reduciendo el coste de la traducción y del procedimiento.
Para reducir el coste de la traducción la propuesta requiere la traducción de toda la petición de patente a una sola lengua de las de trabajo del OEP y dos traducciones adicionales de las reivindicaciones a las otras dos. Así, traducir una patente completa a todos los idiomas comunitarios costaría unos 17.000 €, a las tres lenguas de la OEP, 5.100 €, y, según la propuesta de la comisión, 2.200 €. Está claro que es mucho más barato.
Otra propuesta de la comisión es igualar el coste de los procedimientos con los de los principales socios comerciales. La patente europea es tres veces más cara que la japonesa y casi cinco veces más cara que la estadounidense. Como es la OEP quien examina las patentes y sus tarifas vienen fijadas por el Convenio de Munich la Comisión no puede cambiarlas. Pero si que puede modificar los costes de renovación y lo hace acercando la patente europea a la japonesa y la estadounidense.
Para resolver los problemas legales que surjan alrededor de las patentes la Comisión propone la creación de un Tribunal Comunitario sobre Propiedad Intelectual. De esta forma se conseguiría la uniformidad en la legislación y la jurisprudencia.
El nacimiento de la patente comunitaria está siendo muy difícil. Un asunto tan importante como es la propiedad industrial no es fácilmente dejado de lado por los estados miembros. Aunque la Comisión está trabajando duro para conseguir la aprobación de la propuesta, aún no se ha conseguido.
Propiedad intelectual
La propiedad industrial es un conjunto de derechos que puede poseer una persona física o jurídica sobre una invención (patente, modelo de utilidad, topografía de productos semiconductores, certificados complementarios de protección de medicamentos y productos fitosanitarios), un diseño industrial, un signo distintivo (marca o nombre comercial), etc.
Otorga dos tipos de derechos: en primer lugar el derecho a utilizar la invención, diseño o signo distintivo, y en segundo lugar el derecho a prohibir que un tercero lo haga.
El derecho de prohibir (ius prohibendi) es la parte más destacada de la propiedad industrial y permite al titular del derecho el solicitar el pago de una licencia. Posee límites temporales, pues casi todos los derechos de propiedad industrial tienen una duración máxima, y territoriales pues sólo tienen validez en el territorio donde se han concedido (normalmente, pero no exclusivamente, un país)
Otros límites al derecho de prohibir son el agotamiento del derecho, por el cual una vez comercializado con permiso del titular o habiendo cobrado la indemnización no se puede impedir la posterior venta; el uso con fines experimentales y no comerciales, la entrada temporal en el país de un medio de locomoción matriculado en el extranjero, etc.
El Convenio de la Unión de París y el Acuerdo sobre Derechos de la Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio son los dos acuerdos internacionales de mayor peso sobre la propiedad industrial.
